Difference between revisions of "Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana. N15. D2. 2017"

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Olimpia de Gouges ''Biogafias y Vidas''.Consultado 23 de febrero 2017.
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*Olimpia de Gouges ''Biogafias y Vidas''. Consultado el 23 de febrero 2017. En: http://www.biografiasyvidas.com/biografia/g/gouges.htm
* -http://www.biografiasyvidas.com/biografia/g/gouges.htm
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Importancia del voto de la mujer. ''Importancia''.Consultado 23 de febrero 2017.
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*Importancia del voto de la mujer. ''Importancia''. Consultado el 23 de febrero 2017. En: http://www.importancia.org/voto-de-la-mujer.php
* -http://www.importancia.org/voto-de-la-mujer.php
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Declaración de los derechos de la mujer y a ciudadana. Olympia de Gouges.''Igualamos,para caminar'' (publicado el 26 de Octubre 2012).Consultado el día 23 de Febrero 2017. *En:https://igualamos.wordpress.com/2012/10/26/declaracion-de-los-derechos-de-la-mujer-y-la-ciudadana-olympia-de-gouges/
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*Declaración de los derechos de la mujer y a ciudadana. Olympia de Gouges (26 de octubre de 2012). ''Igualamos, para caminar''. Consultado el día 23 de Febrero 2017. En:https://igualamos.wordpress.com/2012/10/26/declaracion-de-los-derechos-de-la-mujer-y-la-ciudadana-olympia-de-gouges/
Olympe de Gouges. ''Wikipedia La Enciclopedia Libre'' Consultado el 23 de Febrero 2017
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* En:https://es.wikipedia.org/wiki/Olympe_de_Gouges#Biograf.C3.ADa  
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*Olympe de Gouges (15 de abril de 2017). ''Wikipedia La Enciclopedia Libre'' Consultado el 27 de abril de 2017. En: https://es.wikipedia.org/wiki/Olympe_de_Gouges#Biograf.C3.ADa
Olympe De Gouges. ''Marxists Internet Archive''.Consultado el 23 de Febrero 2017.
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* https://www.marxists.org/espanol/tematica/mujer/autores/gouges/
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*Olympe De Gouges. ''Marxists Internet Archive''. Consultado el 23 de Febrero 2017. En: https://www.marxists.org/espanol/tematica/mujer/autores/gouges/
  
 
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Latest revision as of 11:22, 27 April 2017

Contents

Introducción

A lo largo de la historia se ha podido observar la discriminación, machismo, y violencia contra mujeres y niñas. En 1931 se redactó la Constitución y fué la segunda república española, a partir de ese momento las mujeres comenzaron a tomar mayor importancia y se definieron sus derechos, aunque después de la guerra civil empeoraron... Aun así incluso hoy en día el machismo y la violencia hacia las mujeres es perceptible en muchos países y lugares del mundo.

En nuestro proyecto os mostraremos esta historia desde sus comienzos,os contaremos cómo se escribieron, dónde, quién y cuándo; así como una breve biografía de la mujer que tuvo esta iniciativa.

Metodologia

Este trabajo lo hemos realizado cuatro personas, buscando diversas fuentes de información y realizando resúmenes de lo que consideramos más importante con respecto a Los Derechos de la Mujer y la Ciudadana. Nos hemos repartido el trabajo entre todas para así realizar lo mejor posible esta tarea. Tardamos en poder realizar esta investigación varias semanas, por lo tanto os agradecemos a aquellos que nos estáis leyendo y esperamos que podáis valorar nuestro estudio.

Desarrollo

En plena revolución francesa 1789 se escribió la declaración de los derechos del hombre y la ciudadanía pero solo se dirigía a los varones por lo que Olympia de Gouges escribió un documento no oficial que se dirigía a las mujeres.

Este documento se hizo oficial en la segunda república, defendía la igualdad de la mujer frente al hombre y el derecho al voto. Olympia de Gouges presentó la declaración a la Asamblea Nacional Francesa pero no consiguieron que la aprobaran.

Biografia de Olympe de Gouges

Olympe de Gouges es una escritora,feminista francesa que defiende los derechos de la mujer también conocida como Marie Gouze.

Retrato de Olympe de Gouges

Olympe de Gouges nació el 7 mayo de 1748, proveniente de familia Burguesa.Con 17 años fue casada con un señor mayor,su matrimonio fue infeliz, al poco de unos años quedó viuda con un hijo.Se marchó a París donde se preocupó de que su hijo recibiera una buena educación y comenzó su carrera literaria en teatros.Casi todos sus trabajos fueron revolucionarios y feministas.El que más destaca es”La Esclavitud de los Negros”,acusa el maltrato recibido por los esclavos negros,tras escribir este fue encarcelada pero fue liberada al poco tiempo.El periódico francés publicó folletos políticos: la carta al pueblo y reformas sociales.

En 1791 escribió la declaración de los derechos de la mujer y la ciudadana.

Defendió la separaciones de derechos de montesquieu y denunció la creación del Comité de Salvación Pública.Tras la denuncia fue detenida en 1793.

Después de que fueran ejecutados sus amigos girondinos, Olympe fue llevada ante el tribunal revolucionario sin abogado. Se defendió con valor e inteligencia en un juicio sumario que la condenó a muerte por haber defendido un estado federado, de acuerdo con los principios girondinos.

La Declaración de los Derechos de la mujer

  • I- La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.
  • II- El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
  • III- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.
  • IV- La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.
  • V- Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.
  • VI- La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.
  • VII- Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.
  • VIII- La Ley sólo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.
  • IX- Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.
  • X- Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; si la mujer tiene el derecho de subir al cadalso, debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.
  • XI- La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece, sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.
  • XII- La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.
  • XIII- Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.
  • XIV- Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.
  • XV- La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.
  • XVI- Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción.

Conclusión

Gracias a esta investigación hemos podido aprender mucho más acerca de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, y por lo tanto ahora tenemos una opinión

Libertad sanchezC.png

más fuerte sobre el tema, y por ello podemos dar fé de lo poco que se cumple esta ley.

Fuentes de información

Páginas web consultadas

Imágenes

Imagenes de Olmype de Gouges.

Imagen libertad.